El presente proyecto se asienta sobre la base del reconocimiento universal del derecho al cuidado, por cuanto establece que toda persona tiene derecho a ser cuidada, a cuidar y al auto-cuidado en condiciones de igualdad y calidad en todo el territorio de la provincia. A fin de garantizar la progresiva efectivización del mismo, se crea el “Sistema Provincial de Cuidados” (SPC) en la órbita del Poder Ejecutivo, el cual será responsable de formular, implementar, coordinar, controlar y evaluar políticas públicas integrales de cuidados con enfoque de derechos y perspectiva de género, promoviendo el desarrollo de la autonomía y atención a las personas en situación de dependencia.
Son sujetos de derecho de la presente ley, las personas en situación de dependencia, a saber: niños, niñas y adolescentes de hasta 18 años, adultos mayores de sesenta y cinco años y personas con discapacidad, ambos con pérdida definitiva o transitoria de autonomía para realizar las actividades básicas diarias, así como aquellas personas que prestan servicios de cuidados en el ámbito de la provincia.
El presente proyecto reproduce el texto del dictamen consensuado en la Comisión de Promoción Comunitaria a partir del tratamiento conjunto del proyecto de ley Nº 33936 CD – FSP –, presentado por el diputado DEL FRADE, por el cual se garantiza a toda persona el derecho al cuidado en condiciones de igualdad y calidad en la provincia y se crea el Sistema Provincial de Cuidados (SPC); y del Proyecto de Ley Nº 34405 CD – FP-PS –, del diputado GARIBALDI por el cual se declara de interés provincial la política integral de cuidados a personas en situación de dependencia.
El SPC abarca el conjunto de acciones públicas y privadas destinadas a garantizar el derecho al cuidado.
Primordialmente estará integrado por: 1) la Agencia Provincial de Cuidados en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, en carácter de autoridad de aplicación de la presente ley; 2) el “Gabinete Interministerial de Políticas de Cuidado” (con participación del Ministerio de Desarrollo Social, de Salud, de Trabajo y Seguridad Social, Educación, Gobierno y Reforma del Estado, Justicia y Derechos Humanos, Innovación y Cultura y Economía). Por otro lado, también se crea en el marco del SPC, 3) el “Consejo Provincial de Promoción y Protección del Derecho al cuidado” con carácter consultivo y de asesoramiento, conformado por representantes de organizaciones de la sociedad civil relacionadas con la materia de la presente ley, del ámbito académico especializado y de las entidades privadas que prestan servicios de cuidados.
Este proyecto parte del convencimiento de que para transformarnos en una sociedad más igualitaria, el cuidado debe dejar de ser un problema individual de las mujeres y convertirse en un derecho de todas y todos y una obligación del Estado.