Ley de educación

Ley de educación

1- Presencialidad: el vínculo educador-educando asegura la inclusión social y la calidad educativa, ya que el contacto personal, y no únicamente por medios virtuales, permite desarrollar vínculos y relaciones que consolidan el proceso de aprendizaje.

2- Políticas de promoción de la igualdad educativa:

  • Transporte: el Ministerio de Educación debe garantizar el traslado de estudiantes y docentes hacia los establecimientos escolares y, en caso de ser necesario, deberá proveer medios de transporte seguros y accesibles, geográfica y económicamente, a toda la comunidad educativa. Además, presentamos el proyecto del Boleto Educativo Gratuito Universal (expediente 31286 CD), para asegurar que todos los estudiantes y docentes puedan asistir a sus clases.
  • Incorporación de guarderías y salas de lactancia para quienes deban asistir a la escuela con sus hijos.
  • Seguro de Responsabilidad Civil para Establecimientos Educativos a los menores de edad que concurran a clase con los estudiantes que son madres y padres;

3- Obligatoriedad y gratuidad de la educación: garantizan un pueblo con mayor acceso a la misma y con mejores niveles de calidad de vida. La educación debe ser obligatoria a partir de los 4 años porque consideramos que institucionalizar obligatoriamente a los niños desde tan temprana edad puede frenar su desarrollo en una etapa de la vida en la que deberían jugar libremente.

4- Interculturalidad e identidad provincial: la educación santafesina debe trabajar para fortalecer la identidad provincial como parte de la identidad nacional y garantizar el acceso a la educación de los integrantes de Pueblos Originarios. Proponemos la creación de Escuelas Interculturales bilingües en aquellos territorios de la provincia de Santa Fe cuya población originaria alcance el número mínimo de población necesaria para la creación de establecimientos educativos.

5- Capacitación docente: es una facultad indelegable del Ministerio de Educación brindar capacitación permanente, en servicio, durante el horario laboral, y gratuita a los trabajadores de la educación.

6- Creación de cargos docentes en secundaria para terminar con los “profesores taxi”: generar un mecanismo de concentración de horas cátedras o cargos, con objeto de constituir equipos docentes estables en cada institución. Los cargos deberán contemplar horas cátedra frente al curso y un porcentaje de horas institucionales para los diversos quehaceres que demanda la tarea docente. Esto conllevará un periodo de transición y reacomodamiento del sistema a través de las vacantes que se generen a partir de jubilaciones y de la transformación de horas cátedra en cargos para aquellos agentes que ya cuenten con al menos 10 horas en una institución. Será un sistema mixto de cargos y horas cátedras.

7- Estatuto Docente que rija los derechos y obligaciones de los docentes de establecimientos públicos o privados: Santa Fe es una de las pocas provincias que no tiene este tipo de reglamentación y los docentes están sometidos a la arbitrariedad de un compendio desordenado de decretos particulares que son difíciles de sistematizar.

8- Equipos socioeducativos interdisciplinarios: para la resolución de problemas de manera integral. Si bien Ministerio de Educación actualmente implementa medidas en este sentido, consideramos que es importante que los equipos desarrollen sus funciones en cada escuela durante una jornada por semana y que, en caso que la coyuntura lo requiera, permanezcan en la escuela el tiempo que sea necesario. A su vez, cada escuela debe contar con un profesional de la psicología que desarrolle sus funciones de manera permanente en el establecimiento.

9- Educación privada: Las escuelas que reciban un subsidio del estado provincial del 100% para su funcionamiento serán transferidas, progresivamente, a la administración provincial y aquellos establecimientos privados que reciban subvenciones por el total de los salarios deberán ofrecer educación de manera gratuita. A su vez, las instituciones educativas privadas que reciban subsidios del Estado Provincial deben cumplir con el principio de laicidad, por lo tanto, no podrán brindar, de manera obligatoria, educación religiosa y los estudiantes no estarán obligados a profesar ese culto.

10- Más presupuesto: actualmente Educación recibe un porcentaje de recursos que ronda el 30% del presupuesto de la Administración Central. Este porcentaje es insuficiente, lo que se manifiesta, por ejemplo, en los graves problemas edilicios que padecen las escuelas. Proponemos que el Sistema Educativo Provincial debe contar con recursos que ronden el 40% del presupuesto anual de la Administración Provincial.

20-09-18: Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Media sanción para la Ley Provincial de Educación. “Estamos muy contentos, creemos que hemos dado una respuesta a esa pibada que en la provincia sigue intentando ser feliz a pesar de los pesares y es en la escuela donde aprenden que pueden serlo”, manifestó el diputado por el Frente Social y Popular, Carlos Del Frade.
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